martes, 2 de junio de 2015

«El accidente mortal se debió a un fallo de fábrica de las tablas de la plataforma»

  • Los responsables de la empresa de rehabilitación donde trabajan los dos operarios heridos en La Arena, juzgados por un siniestro en 2009

El propietario de la empresa de rehabilitación de fachadas para la que trabajan los dos obreros que la semana pasada resultaron heridos de gravedad al caer un andamio sobre el que trabajaban en La Arena se sentó ayer en el banquillo de los acusados del Penal 2 por la muerte de un operario en mayo de 2009 en una obra que realizaban en la calle Luciano Castañón. Además de él, están procesados el encargado de la subcontrata que tenía empleada a la víctima y el coordinador de seguridad de la obra.
Para cada uno de ellos la fiscal solicita una condena de dos años y medio de prisión y el pago conjunto de 122.310 euros al hijo del fallecido y 8.736 para la madre.
El siniestro con resultado de muerte se produjo mientras el operario realizaba trabajos de sustitución de la fachada a la altura del sexto piso al romperse el tablero de encofrado de madera sobre el que se encontraba en la plataforma, situada a unos 18 metros del suelo. «D. M. A. se cayó al vacío, primero impactó sobre la marquesina instalada para la protección peatonal de la acera y luego sobre el techo de una caseta de obra, resultando con lesiones graves que determinaron su fallecimiento», explica la acusación pública, que considera que la empresa «no disponía de un plan de montaje, utilización y desmontaje de la plataforma elevadora».
Protocolos de seguridad
Este extremo fue rechazado por los procesados, quienes señalaron que el siniestro se produjo debido a un fallo de fábrica del tablón que se rompió. Tanto el propietario de la empresa como el arquitecto y el delegado de seguridad coincidieron al asegurar que se habían cumplido los protocolos de seguridad reglamentarios y que no hubo negligencia en lo referente a los riesgos laborales. «Se hizo todo dentro de lo estipulado», manifestaron. Será la juez quien determine si existen indicios de delito, tal y como señala tanto la acusación pública como las acusaciones particulares ejercidas por los familiares de la víctima, quien falleció a los 36 años.
Mientras, los dos operarios que resultaron heridos el jueves pasado se recuperan de las lesiones sufridas. El más grave fue el obrero de 48 años que sufrió un severo traumatismo craneoencafálico y tuvo que ser operado del bazo como consecuencia del impacto. Continúa ingresado en el Hospital de Cabueñes.

Dos responsables de una constructora son condenados por un accidente laboral

Un trabajador sufrió graves lesiones tras precipitarse de un andamio de la avenida de Finisterre debido a que los acusados "omitieron las elementales medidas de precaución"

02.06.2015 | 00:45

El administrador de una empresa y el arquitecto y coordinador de seguridad fueron condenados a pagar, cada uno de ellos, una multa de 2.730 euros por cometer un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con un delito por imprudencia grave con resultado de lesiones. La juez de Penal 4 tuvo en cuenta las atenuantes de dilaciones indebidas y de reparación del daño, ya que los hechos sucedieron en 2006 y el proceso judicial se retrasó por causas ajenas a los sospechosos; y la aseguradora indemnizó a la víctima. El accidente laboral se produjo sobre las 15.15 horas del 3 de enero de 2006, cuando el trabajador afectado se encontraba desempeñando su trabajo en una obra situada en la avenida de Finisterre a una altura de 2,20 metros.

El afectado realizaba tareas de desencofrado cuando se precipitó de la estructura, que carecía de escaleras laterales, por lo que tenía que descender utilizando el andamio. Los procesados, según destaca la juez en la sentencia, "omitieron las más elementales medidas de precaución exigibles de acuerdo con sus conocimientos técnicos y funciones a fin de salvaguardar la vida e integridad física de los trabajadores, cosa que no hicieron debidamente, puesto que no procuraron las medidas de seguridad exigidas legalmente para evitar los riesgos de realizar su trabajo en el andamio donde se produjo el accidente".

El empleado, como consecuencia de los hechos, sufrió numerosas lesiones de las que tardó en curar 345 días. Como secuelas le quedaron parálisis del tronco del nervio facial derecho, pérdida auditiva del 95% del oído derecho, acúfenos en el oído derecho, pérdida de agudeza visual en el ojo derecho y hombro derecho doloroso, entre otras lesiones graves. La víctima no emprendió ninguna de las acciones legales a las que tendría derecho, pues fue indemnizada por las compañías aseguradoras de la empresa para la que trabajaba.

Los acusados de la muerte de un obrero defienden la seguridad de sus andamios

La Fiscalía mantiene la petición de cárcel tras escuchar a los tres imputados

02.06.2015 | 02:26

Los dos empresarios de la construcción y el arquitecto técnico que ayer se sentaron en el banquillo de los acusados para responder acerca de su responsabilidad en un accidente laboral que le costó la vida a un trabajador de 36 años que se cayó de un andamio en mayo de 2009 defendieron ante el juez la seguridad de sus obras. Los argumentos de los imputados no convencieron al fiscal, que mantuvo tras los interrogatorios su petición de dos años y medio de prisión para cada uno de los implicados.

El representante del ministerio público mantiene que el siniestro tuvo lugar como consecuencia de varias deficiencias en el montaje de un andamio. El tablón sobre el que se encontraba la víctima en la calle Luciano Castañón se rompió y el operario se cayó al vacío desde una altura de 18 metros. Se da la circunstancia de que la empresa contratada por la comunidad para esta obra es la misma firma a la que se encargó de la rehabilitación de una fachada de la calle Aguado en la que se desplomó un andamio la pasada semana dejando a dos obreros heridos, uno de carácter grave.

La Fiscalía asegura que el accidente de la calle Luciano Castañón se debió a que "la plataforma de trabajo del andamio estaba construida por tableros de madera que no eran los originales del fabricante y que no garantizaban la solidez y estabilidad del puesto de trabajo". Algo que, según el ministerio público, sabían tanto el propietario de la empresa de rehabilitación de fachadas contratada por la comunidad de vecinos como el encargado de obra y administrador de la firma que ésta empresa había subcontratado y jefe directo de la víctima.

Además de la pena de prisión el fiscal pide que los tres acusados indemnicen a los familiares del fallecido con 143.046,9 euros

domingo, 31 de mayo de 2015

Piden cárcel para tres acusados por la muerte de un trabajador que cayó de un andamio

Un imputado es gerente de la empresa que esta semana se vio involucrada en otro accidente laboral en la calle Aguado

31.05.2015 | 05:02

La Fiscalía pide una condena individual de dos años y medio de cárcel para dos empresarios del sector de la construcción y un arquitecto técnico a los que atribuye responsabilidad en un accidente laboral que le costó la vida a un trabajador de 36 años en mayo de 2009.

El fiscal asegura que como consecuencia de varias deficiencias en el montaje de un andamio, el tablón sobre el que estaba la víctima se rompió y éste se precipitó al vacío desde una altura de 18 metros. En el momento del suceso se llevaba a cabo la reparación de la fachada de un edificio en la calle Luciano Castañón. El trabajador -cuya identidad respondía a las iniciales D. M. A.-, falleció en el hospital debido a las lesiones que se provocó con la caída. Se da la circunstancia de que uno de los ahora imputados es propietario de la empresa de rehabilitación de fachadas para la que trabajan los dos obreros heridos esta semana -uno de ellos de carácter grave-, al desplomarse un andamio en la calle Aguado del barrio de La Arena.

El representante del ministerio público asegura en el escrito de conclusiones provisionales presentado en el juzgado que el accidente laboral de la calle Luciano Castañón "se debió a que la plataforma de trabajo del andamio estaba constituida por tableros de madera que no eran los originales del fabricante y que no garantizaban la solidez y estabilidad del puesto de trabajo". Un extremo que, tal y como denuncia la Fiscalía, conocían tanto el propietario de la empresa de rehabilitación de fachadas contratada por la comunidad de vecinos como el encargado de obra y administrador de la firma que ésta empresa había subcontratado para el andamiaje, y jefe directo de la víctima.

Las irregularidades detectadas no quedan ahí, según el ministerio público. La Fiscalía mantiene que en la ejecución de los trabajos a 18 metros de altura "no se utilizó un equipo de protección individual anti caída anclado a un punto estable" y que la empresa tampoco disponía de un plan de montaje, utilización y desmontaje de la plataforma. Por todo ello el ministerio público acusa a los dos responsables ya citados, y también al arquitecto técnico y coordinador de seguridad de la obra, de un delito contra los derechos de los trabajadores.

El juicio por estos hechos tendrá lugar mañana en el juzgado de lo penal número 2. Durante la celebración de la vista oral el fiscal encargado del caso pedirá, además, que los procesados indemnicen con 122.010 euros al hijo del fallecido, con 8.736 euros a la madre del trabajador y 4.000 euros a cada uno de sus tres hermanos.

jueves, 21 de mayo de 2015

CON QUEMADURAS: Tres trabajadores resultan heridos tras la explosión de un horno en Fertiberia

15.57 h. (ACTUALIZADO 17.59 h.) 

Un total de tres personas han resultado heridas en la jornada de este jueves en un accidente laboral registrado en las instalaciones de Fertiberia, en Palos de la Frontera. Los tres afectados tienen quemaduras de diferente consideración, así como traumatismos. Uno de ellos está siendo trasladado al Virgen del Rocío con un traumatismo craneoencefálico en helicóptero. A este centro también se ha derivado a otro herido en ambulancia y el tercero ha sido llevado al Hospital Juan Ramón Jiménez.

La explosión de un horno de una unidad de procesos de la planta de Fertiberia en Palos ha provocado que tres trabajadores hayan resultado heridos, según ha adelantado la web. La Junta de Andalucía ha informado de que dos de ellos han sido trasladados al Hospital Virgen del Rocío de Sevilla, uno en helicóptero y otro en ambulancia, y otro ha sido dirigido al Hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva.

El Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias de 061 en Huelva ha recibido sobre las tres de esta tarde una llamada alertando de una explosión de gas en la fábrica de Fertiberia-Palos. Hasta el lugar se ha enviado el equipo de emergencias sanitarias del 061 y el equipo de traslado de pacientes críticos, ambos de la ciudad. Además se ha movilizado al helicóptero medica-lizado del 061 con base en Cádiz.

Los equipos sanitarios han atendido a tres heridos graves que están siendo traslados en estos momentos. Dos están siendo llevados al hospital Virgen del Rocío de Sevilla: uno, en helicóptero, y otro, en ambulancia. El tercero se  encuentra en el Hospital Juan Ramón Jiménez, de Huelva. Los tres afectados tienen quemaduras de diferente consideración, así como traumatismos. Los tres son varones y un herido que está siendo trasladado al Virgen del Rocío presenta traumatismo craneoencefálico.

El jefe de planta de Fertiberia-Palos, tras informar al 112 del accidente, solicitó los servicios sanitarios. Además de éstos, Emergencias 112-Andalucía envió a bomberos del Consorcio Provincial y alertó a la Guardia Civil.

No ha sido necesaria la activación del Plan de Emergencia Exterior. La empresa también ha informado que no se ha activado el Plan de Emergencia Interior. Por parte de la Junta de Andalucía se ha solicitado informe a la empresa sobre el incidente. Desde el Servicio de Emergencias del 112 han confirmado que el accidente se habría producido pasadas las tres de la tarde, con aviso a los servicios sanitarios a las 15.11 horas.

Por su parte, desde el Consorcio Provincial de Bomberos han informado de que efectivos del Parque de San Juan se han desplazado hasta las instalaciones de Fertiberia, donde se ha producido la explosión de un horno de una unidad de proceso. Según indican, hay al menos tres personas heridas que han están siendo trasladadas a centros hospitalarios, pero “no hay riesgo para la población”.

De otro lado, desde la Junta de Andalucía han indicado a Europa Press que se han movilizado dos ambulancias e incluso un helicóptero por si hubiera que evacuar a los afectados.  Asimismo, han explicado que no se ha tenido que activar, al menos por el momento, ningún plan de emergencias, ni exterior ni interior, así como han indicado que se considera este suceso un accidente laboral y no de otro tipo puesto que, según indican, no ha habido afección al medio ambiente.

Por su parte, desde el cuerpo de Bomberos de la capital han indicado que en la zona se encuentra un equipo y que dos heridos están "graves y uno de ellos reviste menos gravedad".

Accidente de trabajo y baremo de indemnización, un nuevo criterio del Tribunal Supremo

Cada parte de nuestro cuerpo tiene un valor fijado en el BOE (Boletín Oficial del Estado). Tenemos un valor de despiece, tanto por órganos como por enfermedades, por limitaciones, por deformidades, y un valor de vida global. Este valor se ajusta según factores como la edad, el tamaño de la red familiar cercana, y los ingresos. Como sucede con los automóviles, somos mucho más caros pagados por piezas que en conjunto.



El baremo de tráfico es la gran disposición legal de referencia para los valores de indemnización. Se fijan por seguridad jurídica, a través de un sistema de valoración por puntos que tiene un pequeño margen de incertidumbre. Se recoge en el Real Decreto Legislativo 8/2004, que es el texto refundido de la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor y se actualiza de manera cicatera anualmente. Se tramita actualmente un proyecto de ley que puede suponer un cierto salto cualitativo y cuantitativo.

La seguridad jurídica que emana del baremo es sobre todo para las compañías de seguros, que pueden hacer un cálculo del precio de las primas del seguro obligatorio de automóvil (y de los seguros de responsabilidad civil) que les garantice ganar dinero. También es certeza jurídica para el juez, el causante del daño y el perjudicado que saben cuál es el margen de lo condenable, pagable y cobrable. Se consigue también de paso que todos los lesionados sean tratados por igual, con una estimación razonable del resultado del pleito que invita a las partes a pactar, aunque sea cinco minutos antes de entrar en la sala.

La habitual utilización del baremo ha sido controvertida en sede laboral. No es obligatorio seguirlo, pero es habitual. El baremo de circulación no tiene en cuenta descuento alguno por lo percibido por otras vías para paliar el lucro cesante, -lo que se estima que uno no va a ganar por culpa del accidente-, ya que la indemnización del baremo no contempla directamente que las víctimas tengan o no actividad laboral. Tiene un factor porcentual corrector según ingresos de la víctima, pero no tienen porqué ser ingresos con origen en el trabajo.

Durante muchos años la jurisprudencia laboral ha establecido como necesario ponderar las circunstancias concurrentes para determinar qué parte de la cantidad reconocida a través del baremo indemniza el lucro cesante (lo que se deja de ganar) y cuál los daños morales. Y se descontaba como lucro cesante ya indemnizado lo que el trabajador hubiese cobrado en concepto de prestación de Seguridad Social. Como al trabajador le correspondía una prestación o pensión por no poder trabajar, esa parte ya estaba cubierta e indemnizada y el resto, daño moral. De esa fórmula de cálculo resultaban unas rebajas importantes.

El Tribunal Supremo ha decidido en sentencia, el pasado mes de febrero, abandonar esa fórmula de cálculo, considerando el baremo como una fórmula para cuantificar el daño moral sin entrar en concurrencia con el lucro cesante, por lo que no procede realizar ningún descuento.

Las indemnizaciones por responsabilidad civil en accidente de trabajo, con independencia del nuevo baremo de valoración de tráfico, tendrán una mejora sustancial. Y, probablemente, las primas por seguros de responsabilidad civil van a sufrir un incremento.

Juzgan exconcejal del PSC en Barcelona Enric Truñó por un accidente laboral

Vida | 20/05/2015 - 18:48h 

Barcelona, 20 may (EFE).- La Fiscalía ha pedido nueve meses de prisión para Enric Truñó, exconcejal socialista en el Ayuntamiento de Barcelona, acusado de un accidente laboral sufrido por un operario en una piscina municipal de Torelló (Barcelona) que gestionaba su empresa. 

En un juzgado de Manresa (Barcelona) se ha celebrado hoy el juicio contra Enric Truñó, exconcejal del Ayuntamiento de Barcelona entre 1979 y 1998 y que en 2010 fue nombrado comisionado para la Candidatura Barcelona Pirineo 2022 hasta que el alcalde, Xavier Trias, lo destituyó el año pasado.

La Fiscalía llevó a juicio a Truñó por ser el administrador de la empresa Sport Assistance 2000, a la que el Ayuntamiento de Torelló adjudicó en el año 2010 la gestión de la piscina exterior del municipio, por un período de 25 años, según han explicado a Efe fuentes judiciales.

Truñó, representado por el abogado Àlex Zaragüeta, afronta una petición fiscal de nueve meses de cárcel por un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de lesiones por el accidente laboral que sufrió un operario al manipular unos bidones con sustancias químicas situados en el recinto de la piscina.

El trabajador, siguiendo las indicaciones del responsable de mantenimiento de la empresa, introdujo la cabeza en los bidones, que eran opacos, y sufrió quemaduras en el esófago debido a los efluvios de las sustancias químicas que contenían.

En su declaración en el juicio, Enric Truñó ha asumido que no tenía aprobado el preceptivo plan de riesgos laborales para su empresa, debido a la premura para abrir la piscina en la campaña de verano, que el Ayuntamiento de Torelló le obligó a poner en marcha a los pocos días de firmar el contrato de adjudicación.

La Fiscalía, que inicialmente pedía 13 meses de cárcel para Truñó, ha rebajado al término del juicio su petición de pena para el exconcejal, después de que admitiera la imprudencia y se mostrara dispuesto a pagar, a medias con el Ayuntamiento de Torelló, los 14.000 euros de indemnización que exige el ministerio público