jueves, 21 de mayo de 2015

CON QUEMADURAS: Tres trabajadores resultan heridos tras la explosión de un horno en Fertiberia

15.57 h. (ACTUALIZADO 17.59 h.) 

Un total de tres personas han resultado heridas en la jornada de este jueves en un accidente laboral registrado en las instalaciones de Fertiberia, en Palos de la Frontera. Los tres afectados tienen quemaduras de diferente consideración, así como traumatismos. Uno de ellos está siendo trasladado al Virgen del Rocío con un traumatismo craneoencefálico en helicóptero. A este centro también se ha derivado a otro herido en ambulancia y el tercero ha sido llevado al Hospital Juan Ramón Jiménez.

La explosión de un horno de una unidad de procesos de la planta de Fertiberia en Palos ha provocado que tres trabajadores hayan resultado heridos, según ha adelantado la web. La Junta de Andalucía ha informado de que dos de ellos han sido trasladados al Hospital Virgen del Rocío de Sevilla, uno en helicóptero y otro en ambulancia, y otro ha sido dirigido al Hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva.

El Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias de 061 en Huelva ha recibido sobre las tres de esta tarde una llamada alertando de una explosión de gas en la fábrica de Fertiberia-Palos. Hasta el lugar se ha enviado el equipo de emergencias sanitarias del 061 y el equipo de traslado de pacientes críticos, ambos de la ciudad. Además se ha movilizado al helicóptero medica-lizado del 061 con base en Cádiz.

Los equipos sanitarios han atendido a tres heridos graves que están siendo traslados en estos momentos. Dos están siendo llevados al hospital Virgen del Rocío de Sevilla: uno, en helicóptero, y otro, en ambulancia. El tercero se  encuentra en el Hospital Juan Ramón Jiménez, de Huelva. Los tres afectados tienen quemaduras de diferente consideración, así como traumatismos. Los tres son varones y un herido que está siendo trasladado al Virgen del Rocío presenta traumatismo craneoencefálico.

El jefe de planta de Fertiberia-Palos, tras informar al 112 del accidente, solicitó los servicios sanitarios. Además de éstos, Emergencias 112-Andalucía envió a bomberos del Consorcio Provincial y alertó a la Guardia Civil.

No ha sido necesaria la activación del Plan de Emergencia Exterior. La empresa también ha informado que no se ha activado el Plan de Emergencia Interior. Por parte de la Junta de Andalucía se ha solicitado informe a la empresa sobre el incidente. Desde el Servicio de Emergencias del 112 han confirmado que el accidente se habría producido pasadas las tres de la tarde, con aviso a los servicios sanitarios a las 15.11 horas.

Por su parte, desde el Consorcio Provincial de Bomberos han informado de que efectivos del Parque de San Juan se han desplazado hasta las instalaciones de Fertiberia, donde se ha producido la explosión de un horno de una unidad de proceso. Según indican, hay al menos tres personas heridas que han están siendo trasladadas a centros hospitalarios, pero “no hay riesgo para la población”.

De otro lado, desde la Junta de Andalucía han indicado a Europa Press que se han movilizado dos ambulancias e incluso un helicóptero por si hubiera que evacuar a los afectados.  Asimismo, han explicado que no se ha tenido que activar, al menos por el momento, ningún plan de emergencias, ni exterior ni interior, así como han indicado que se considera este suceso un accidente laboral y no de otro tipo puesto que, según indican, no ha habido afección al medio ambiente.

Por su parte, desde el cuerpo de Bomberos de la capital han indicado que en la zona se encuentra un equipo y que dos heridos están "graves y uno de ellos reviste menos gravedad".

Accidente de trabajo y baremo de indemnización, un nuevo criterio del Tribunal Supremo

Cada parte de nuestro cuerpo tiene un valor fijado en el BOE (Boletín Oficial del Estado). Tenemos un valor de despiece, tanto por órganos como por enfermedades, por limitaciones, por deformidades, y un valor de vida global. Este valor se ajusta según factores como la edad, el tamaño de la red familiar cercana, y los ingresos. Como sucede con los automóviles, somos mucho más caros pagados por piezas que en conjunto.



El baremo de tráfico es la gran disposición legal de referencia para los valores de indemnización. Se fijan por seguridad jurídica, a través de un sistema de valoración por puntos que tiene un pequeño margen de incertidumbre. Se recoge en el Real Decreto Legislativo 8/2004, que es el texto refundido de la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor y se actualiza de manera cicatera anualmente. Se tramita actualmente un proyecto de ley que puede suponer un cierto salto cualitativo y cuantitativo.

La seguridad jurídica que emana del baremo es sobre todo para las compañías de seguros, que pueden hacer un cálculo del precio de las primas del seguro obligatorio de automóvil (y de los seguros de responsabilidad civil) que les garantice ganar dinero. También es certeza jurídica para el juez, el causante del daño y el perjudicado que saben cuál es el margen de lo condenable, pagable y cobrable. Se consigue también de paso que todos los lesionados sean tratados por igual, con una estimación razonable del resultado del pleito que invita a las partes a pactar, aunque sea cinco minutos antes de entrar en la sala.

La habitual utilización del baremo ha sido controvertida en sede laboral. No es obligatorio seguirlo, pero es habitual. El baremo de circulación no tiene en cuenta descuento alguno por lo percibido por otras vías para paliar el lucro cesante, -lo que se estima que uno no va a ganar por culpa del accidente-, ya que la indemnización del baremo no contempla directamente que las víctimas tengan o no actividad laboral. Tiene un factor porcentual corrector según ingresos de la víctima, pero no tienen porqué ser ingresos con origen en el trabajo.

Durante muchos años la jurisprudencia laboral ha establecido como necesario ponderar las circunstancias concurrentes para determinar qué parte de la cantidad reconocida a través del baremo indemniza el lucro cesante (lo que se deja de ganar) y cuál los daños morales. Y se descontaba como lucro cesante ya indemnizado lo que el trabajador hubiese cobrado en concepto de prestación de Seguridad Social. Como al trabajador le correspondía una prestación o pensión por no poder trabajar, esa parte ya estaba cubierta e indemnizada y el resto, daño moral. De esa fórmula de cálculo resultaban unas rebajas importantes.

El Tribunal Supremo ha decidido en sentencia, el pasado mes de febrero, abandonar esa fórmula de cálculo, considerando el baremo como una fórmula para cuantificar el daño moral sin entrar en concurrencia con el lucro cesante, por lo que no procede realizar ningún descuento.

Las indemnizaciones por responsabilidad civil en accidente de trabajo, con independencia del nuevo baremo de valoración de tráfico, tendrán una mejora sustancial. Y, probablemente, las primas por seguros de responsabilidad civil van a sufrir un incremento.

Juzgan exconcejal del PSC en Barcelona Enric Truñó por un accidente laboral

Vida | 20/05/2015 - 18:48h 

Barcelona, 20 may (EFE).- La Fiscalía ha pedido nueve meses de prisión para Enric Truñó, exconcejal socialista en el Ayuntamiento de Barcelona, acusado de un accidente laboral sufrido por un operario en una piscina municipal de Torelló (Barcelona) que gestionaba su empresa. 

En un juzgado de Manresa (Barcelona) se ha celebrado hoy el juicio contra Enric Truñó, exconcejal del Ayuntamiento de Barcelona entre 1979 y 1998 y que en 2010 fue nombrado comisionado para la Candidatura Barcelona Pirineo 2022 hasta que el alcalde, Xavier Trias, lo destituyó el año pasado.

La Fiscalía llevó a juicio a Truñó por ser el administrador de la empresa Sport Assistance 2000, a la que el Ayuntamiento de Torelló adjudicó en el año 2010 la gestión de la piscina exterior del municipio, por un período de 25 años, según han explicado a Efe fuentes judiciales.

Truñó, representado por el abogado Àlex Zaragüeta, afronta una petición fiscal de nueve meses de cárcel por un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de lesiones por el accidente laboral que sufrió un operario al manipular unos bidones con sustancias químicas situados en el recinto de la piscina.

El trabajador, siguiendo las indicaciones del responsable de mantenimiento de la empresa, introdujo la cabeza en los bidones, que eran opacos, y sufrió quemaduras en el esófago debido a los efluvios de las sustancias químicas que contenían.

En su declaración en el juicio, Enric Truñó ha asumido que no tenía aprobado el preceptivo plan de riesgos laborales para su empresa, debido a la premura para abrir la piscina en la campaña de verano, que el Ayuntamiento de Torelló le obligó a poner en marcha a los pocos días de firmar el contrato de adjudicación.

La Fiscalía, que inicialmente pedía 13 meses de cárcel para Truñó, ha rebajado al término del juicio su petición de pena para el exconcejal, después de que admitiera la imprudencia y se mostrara dispuesto a pagar, a medias con el Ayuntamiento de Torelló, los 14.000 euros de indemnización que exige el ministerio público